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Country by Country reporting: una nueva obligación nos acecha (II)

La OCDE aporta algo de luz en relación con la nueva obligación de facilitar información desglosada por países.

En el marco de la acción 13 del plan BEPS , relativa a la documentación de precios de transferencia y a la obligación de facilitar información por países (del Country by Country reporting – CbC) que comentábamos recientemente , el pasado viernes la OCDE hizo público un nuevo informe , en el que define los mecanismos de implementación de esta nueva herramienta.

Recordemos que el CbC obligará a las multinacionales a reportar, país por país, cómo distribuyen sus beneficios y cuántos impuestos pagan.

El informe de la OCDE añade ahora que el CbC deberá prepararse respecto de los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2016. Los grupos dispondrán de un año tras el cierre del ejercicio para su elaboración.

La obligación será exigible a aquellos grupos multinacionales cuyos ingresos anuales consolidados sean superiores a 750 millones de euros en el ejercicio fiscal precedente.

La información deberá ser facilitada a la Administración tributaria de la jurisdicción en la que resida la entidad matriz última del grupo multinacional, la cual, a su vez, la intercambiará de forma automática con las restantes jurisdicciones en las que opere el grupo y que cumplan con las recomendaciones de la OCDE. En todo caso, las administraciones tributarias estarán sometidas a determinadas condiciones de confidencialidad, consistencia y uso apropiado. Se excluye así la pretensión de algunos grupos de interés de que esta información fuera de carácter público.

Los grupos de empresas pueden ya empezar a evaluar si esta obligación les resultará de aplicación y, en caso afirmativo, establecer los procedimientos necesarios para recabar esta información e incluso efectuar una simulación con datos del ejercicio 2014, para apreciar cuál será la imagen que resulte y, en
su caso, si es necesario adoptar las medidas correctoras oportunas.

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