Se acerca el cierre del ejercicio y se aproxima también el momento de ejercitar determinadas opciones fiscales.

Queremos ahora llamar la atención sobre algunas de las opciones que consideramos de interés general y cuyo plazo está próximo a vencer:

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades:

Consolidación fiscal

Las sociedades dominantes de los nuevos grupos que deseen consolidar desde 2016 deberán comunicarlo a sus respectivas administraciones tributarias durante  el próximo mes de diciembre.

Por otra parte, los grupos de consolidación ya existentes deben informar de las variaciones producidas en su composición durante 2015, difiriendo los plazos según cual sea la administración competente:

–    En Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, durante el mes de enero de 2016.

–    En el Estado las modificaciones deben informarse al presentar el primer pago fraccionado del 2016 (que vencerá el 20 de abril).

No obstante, considerando las nuevas reglas de composición de los grupos fiscales que se han introducido este año, las altas que se produzcan por este motivo deberán comunicarse a la correspondiente Administración Tributaria antes del 31 de diciembre de 2015. A estas nuevas reglas dedicaremos la atención necesaria en nuestro Seminario de Actualización Fiscal.

Deducción por inversiones y gastos de carácter medioambiental

Antes de que acabe el 2015, habrá que informar a la Hacienda foral correspondiente de los proyectos que se vayan a acoger a la deducción por inversiones y gastos de carácter medioambiental.

En el ámbito del IVA:

Grupos de entidades (consolidación del IVA)

Las sociedades dominantes de los nuevos grupos que deseen aplicar el régimen de los grupos de entidades desde 2016 deberán comunicarlo a sus respectivas administraciones tributarias antes del 31 de diciembre de 2015.

En este mismo plazo, los grupos ya existentes deberán comunicar cualquier alteración en su composición.

Devolución mensual

La opción por el régimen de devolución mensual debe ejercerse en el mes de diciembre de 2015 ante la  Hacienda Foral de Álava y en el mes de enero de 2016 ante la Hacienda Foral de Vizcaya. En el Estado y Guipúzcoa debe optarse en este mes de noviembre para que surta efectos en 2016.

No obstante, conviene recordar que también puede optarse a lo largo del año, con efectos para el periodo de liquidación siguiente.

Prorrata especial

Quienes deseen acogerse a la regla de prorrata especial en 2015 deberán optar  en la última declaración-liquidación de este año, que presentarán en enero de 2016.

IVA a la importación

Como comentamos en un post anterior, en 2015 se introdujo la posibilidad de optar por ingresar el IVA de importación a través de las declaraciones-liquidaciones periódicas del impuesto (en lugar de efectuar dicho ingreso en la Aduana). Para disfrutar de este sistema en 2016 es necesario optar, a través del modelo 036, antes de que acabe este mes de noviembre.

Como es sabido, este sistema no es accesible para quienes contribuyen exclusivamente a las Haciendas Forales, aunque se han planteado varios recursos al respecto.