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EPSVs: cómo desgravar hasta nochevieja; en año nuevo cambios fiscales

Hasta la hora de comer las uvas las aportaciones individuales hechas a una EPSV reducirán la base general del IRPF de 2013, en Bizkaia y Araba, hasta un máximo de 6.000 euros con carácter general. Para quienes tengan 52 años o más, este límite se incrementa en 500 euros por año, hasta un máximo de 12.500 euros anuales de reducción máxima si se cuenta con 65 años o más. Adicionalmente, si concurriesen aportaciones empresariales podemos llegar a  unos límites máximos de reducción de 12.000 a 25.000 euros para 65 años o más (18.500 euros en Araba).

Pues bien, pasadas las campanadas el régimen se va a equiparar al que Gipuzkoa ya tiene vigente actualmente:

–       5.000 euros para el caso de aportaciones individuales.

–       8.000 euros para el caso de contribuciones empresariales.

–       12.000 euros como límite conjunto.

No habrá incrementos en función de la edad del contribuyente ni reducirán la base imponible aportaciones realizadas estando ya en situación de jubilación.

También es importante recordar que hasta nochevieja es posible compaginar la reducción del 100% de las aportaciones con la integración al 60% del cobro en capital realizado en el propio 2013 (reducción del 40% que es posible aplicar bajo ciertas condiciones al cobro en capital percibido por cada contingencia cubierta por la EPSV o por rescate voluntario transcurridos 10 años). A partir de año nuevo esta posibilidad se limita, de manera que en estos supuestos en 2014 solo se reducirá el 60% de la aportación realizada.

 

Para saber más: Novedades fiscal-foral 5-2013: Nueva Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el Territorio Histórico de Vizcaya

Para hablar sobre este asunto: [email protected]

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2 Comments

  1. Rescate epsv por contingencia de mas de 10 años as aportaciones hechas entre 2008 y 2011 de los 12500 euros cuanto tengo que incrementar mi base imponible, tengo derecho a reducir el 40 % pues en el resto del estado solo aportaciones antes 2007. Gracias

    • Si te resulta aplicable la normativa foral del IRPF, el primer cobro en capital que se reciba por cada contingencia de una EPSV sí tiene derecho a reducción del 40% (es decir se integraría en base imponible el 60% del cobro en capital) aun cuando se hayan hecho aportaciones posteriores a 2007. La limitación a la reducción para lo relativo a aportaciones posteriores a 2007 sólo rige bajo normativa de IRPF de Territorio Común.

      A tu disposción. Joseba Larragán.

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