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Gipuzkoa: Informe de calificación a efectos fiscales de las actividades de innovación tecnológica

Los departamentos de Hacienda y Finanzas y de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibro Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa han suscrito un protocolo para la emisión de informes relativos a la deducción por actividades de innovación en el Impuesto sobre Sociedades de Gipuzkoa.

El protocolo complementa la normativa foral del Impuesto sobre Sociedades en materia de emisión de informes motivados para la aplicación de la deducción por la realización de actividades de innovación tecnológica. De esta manera, los contribuyentes que realicen actividades de innovación y quieran acogerse a la deducción prevista en el artículo 63 de la norma foral del impuesto podrán acreditar la naturaleza de las actividades desarrolladas a través del correspondiente informe de calificación a efectos fiscales. De acuerdo con el protocolo suscrito, dicho informe será emitido por el Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial.

Los informes emitidos al amparo de este protocolo tendrán carácter vinculante para la Hacienda Foral de Gipuzkoa en cuanto a la naturaleza y calificación de las actividades como innovación tecnológica, tal como venía sucediendo con los informes emitidos por la SPRI respecto de las actividades de investigación y desarrollo a raíz del convenio de colaboración de 7 de noviembre de 2014. Estos informes también contendrán una cuantificación del importe de los gastos e inversiones imputables a dichas actividades, si bien la Administración tributaria podrá comprobar la efectiva realización de las inversiones y la realidad de los gastos incurridos en los proyectos de innovación, tal y como dispone el artículo 35 del reglamento del impuesto.

Los interesados en obtener un informe de calificación a efectos fiscales deberán solicitarlo con anterioridad a la finalización del ejercicio.

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