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Gipuzkoa ya ha aprobado el nuevo modelo 036 de declaración censal para efectuar la opción por el régimen especial del criterio de caja.

 

Recordemos que dicho régimen especial permite a los contribuyentes, siempre con carácter opcional, retrasar el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido a sus clientes hasta el momento en que, efectivamente, lo cobren de estos, con la fecha límite del 31 de diciembre del año siguiente al de la venta o prestación de servicios.

 

Podrán aplicar el criterio de caja los contribuyentes con un volumen de operaciones de hasta 2.000.000 de euros. No obstante, quedan excluidos los sujetos pasivos que hayan cobrado en el año más de 100.000 euros a un mismo cliente.

 

En Gipuzkoa, la opción por el régimen especial debe realizarse al tiempo de presentar la declaración de comienzo de la actividad, o bien durante el mes de diciembre con efectos para el año natural siguiente. Por tanto, todos aquellos sujetos pasivos que durante 2014 quieran aplicar el criterio de caja del IVA deberán comunicar su opción antes de que termine el año.