A partir del año 2017 se van a incrementar los valores catastrales de los inmuebles ubicados en Bizkaia con la aprobación de nuevas ponencias de valores. La exposición de motivos del Proyecto de Norma Foral del Catastro Inmobiliario de Bizkaia nos anuncia una elevación sustancial, dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de los valores vigentes.

Al mismo tiempo la Diputación Foral de Bizkaia ha publicado un proyecto de nueva  Norma Foral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles , que podría llevar a un incremento de los tipos aplicables a los inmuebles urbanos.

Conforme al proyecto, a partir de 2017 existirá un tipo mínimo y un tipo máximo para cada categoría de inmueble, dentro de las cuales cada Ayuntamiento podrá establecer el tipo aplicable:

 

 

                                                        

Tipos vigentes

Anteproyecto

Bienes urbanos

0,02% – 0,30%

0,02% – 0,60%

Bienes rústicos

       0,30% –   1,50%

0,05% – 0,50%

Como se puede apreciar, para los inmuebles urbanos el nuevo tipo máximo duplica el existente, de modo que el impuesto a pagar podría llegar a multiplicarse por dos en algunos municipios, aun sin tener en cuenta el aumento de los valores catastrales. No obstante, en aquellos municipios en los que al inicio de 2017 se hayan actualizado los valores catastrales pero no se hayan aprobado nuevos tipos impositivos se aplicará automáticamente una reducción de los tipos proporcional al incremento del valor catastral.

Además, en el caso de bienes urbanos no destinados a uso residencial (o sus anexos), los tipos máximos podrán ser superiores:

                Tipos   vigentes         Anteproyecto

Industria

1,50%

                 3,00%

Comercio

                 2,00%
Resto                      0,80%                 1,00%

También se modifican los incentivos existentes. Se incluirá una nueva bonificación del 95% de las parcelas de los aparcamientos municipales para residentes y aumentará el porcentaje de la bonificación que beneficia a los inmuebles situados en zonas afectadas por catástrofes naturales. No obstante, desaparece la bonificación a los titulares de familias numerosas.

Asimismo, se crea una nueva categoría de inmuebles, denominados bienes de características especiales, que comprende los conjuntos de terrenos, inmuebles e instalaciones de uso especializado, como pueden ser las carreteras, presas, aeropuertos, etc. Los valores catastrales de estos inmuebles se establecerán en una fase posterior. Transitoriamente se les aplicará un tipo de gravamen superior al aplicable a los restantes inmuebles.