Cualquier idea o instrumento que facilite la armonización entre la vida familiar y el desarrollo de la carrera profesional de las personas trabajadoras es especialmente bienvenida, en cualquier ámbito, también en el fiscal.

 

Entre esos instrumentos, existe en nuestra normativa foral la posibilidad de exceptuar de gravamen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) los gastos de acceso al primer ciclo de educación infantil (guarderías) que las empresas asuman por cuenta de sus empleados, lo que permite reducir de forma efectiva el coste de llevar a los más pequeños de la casa a centros privados o concertados.

Como no todas las empresas tienen la capacidad de organizar para los hijos de sus empleados una guardería, la fórmula de generación de este incentivo que prevalece es la indirecta, más conocida como el “ticket guardería”. Veamos de forma práctica cómo funciona esta fórmula:

Opción sin ticket guardería:

La empresa empleadora ingresa a su empleado el importe de su nómina neto de la correspondiente retención a cuenta del IRPF.

Ingreso en cuenta = nómina (2.000 euros) – retención 15% (300 euros) = 1.700 euros

Al empleado le cuesta 800 euros la guardería.

Consecuentemente, tras pagar la guardería, el empleado tiene 900 euros.

Opción con ticket guardería:

La empresa empleadora sustituye parte de la nómina por la entrega de tickets guardería. Así, entrega a su empleado tickets guardería por valor de 800 euros canjeables por acceso a guardería y le abona el restante de la nómina en su cuenta corriente. El empleado recibe 375 euros en metálico y los tickets:

Ingreso en cuenta = nómina (1.200 euros) – retención 15% (180 euros) = 1.020 euros

Al empleado le cuesta 800 euros la guardería. Para pagar canjea todos sus tickets.

Tras pagar la guardería, el empleado tiene 1.020 euros en su cuenta.

Conclusión: el empleado del ejemplo se ha ahorrado 120 euros. Este importe coincide con el efecto impositivo (15% en este ejemplo) de recibir parte de la nómina (800 euros) en tickets guardería.

El incentivo, en cualquier caso, tiene un límite: cada empleado puede beneficiarse de un máximo de 1.000 euros al año.

De esta forma, Hacienda colabora con las familias, reduciendo el coste efectivo de las guarderías y contribuyendo (poco a poco se va haciendo camino) a facilitar la conciliación familiar de las personas trabajadoras.

Visto el interés que tiene esta opción que ofrece el legislador, sería deseable que este incentivo se pudiera ampliar a los colectivos de trabajadores por cuenta propia que, a día de hoy, no tienen acceso a este incentivo.

También podría tener sentido ampliar la ayuda al segundo ciclo de educación infantil o multiplicar el límite cuantitativo del incentivo, por ejemplo, en función del número de hijos en edad de escolarización, ….

Claro que, para todo ello, hace falta contar con recursos,… en fin, temas de política fiscal que exceden ya del objeto de nuestro blog.