El contribuyente sigue teniendo «derecho a equivocarse» al confeccionar su autoliquidación

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ESTIMA la rectificación de la autoliquidación del impuesto sobre sociedades realizada por dos contribuyentes guipuzcoanos en la que acreditaban unas deducciones (en concreto, por actividades de I+D+i), inicialmente no consignadas en sus autoliquidaciones presentadas en plazo voluntario.