Comentario fiscal foral 1-2017

En este Comentario hacemos un repaso de las modificaciones introducidas en las normas forales generales tributarias de los tres territorios históricos, especialmente en lo relativo a medidas antielusión, prescripción, delito fiscal y recuperación de ayudas de Estado.  

Para aplicar las deducciones procedentes de ejercicios prescritos, hay que conservar la documentación soporte.

Las bases imponibles negativas, las deducciones de la cuota y el IVA a compensar pueden aplicarse en un ejercicio posterior al de su generación ¿Qué ocurre si, cuando se revisa el ejercicio en que se aplican, ya ha prescrito el ejercicio en que se generaron? Pues, dicho lisa y llanamente, que, a estos efectos, dichos […]