El pasado viernes 27 de diciembre fue publicada la nueva Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Álava. La nueva norma será de aplicación para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2014.
La normativa del Impuesto sobre Sociedades, consensuada entre PNV, PSOE y PP, ha sido homogeneizada para los tres territorios históricos, por lo que la normativa alavesa es muy similar a la vizcaína ya aprobada y publicada. Hemos resumido las principales novedades de estas normas en entradas anteriores. Asimismo, hemos dedicado nuestra publicación Novedades fiscal foral 6-2013 específicamente a la nueva norma alavesa.
Entre las escasas especificidades de la norma alavesa cabe destacar la eliminación expresa para las marcas del beneficio fiscal de la reducción de los ingresos por explotación de la propiedad intelectual o industrial; el denominado royalty box, que en Álava pasará a ser solo patent box.
Por otro lado, en Álava, al igual que en otros territorios, en caso de que el contribuyente no declare sus bienes en el extranjero, su valor se considerará una renta no declarada y tributará como tal. Pero, a diferencia de lo que se prevé en otras normativas forales, en Álava esa presunción no podrá evitarse con la presentación de la declaración una vez transcurrido el plazo reglamentariamente establecido para ello.