Como viene siendo habitual por estas fechas, Gipuzkoa ha publicado la Orden Foral por la que se aprueba el Plan de Comprobación Tributaria para el año 2021.
La orden da a conocer los criterios generales de actuación contra el fraude fiscal, adaptados, este año, al actual contexto de emergencia sanitaria, económica y social.
Como viene siendo habitual, las actuaciones de lucha contra el fraude se clasifican en tres grandes categorías, y se detallan, en cada una de ellas, las líneas de actuación propuestas para el 2021, incluyendo tanto las que van a ser objeto del plan conjunto de lucha contra el fraude del País Vasco, como las que se desarrollarán específicamente por la Hacienda Foral de Gipuzkoa. Entre ellas, destacamos las siguientes:
I. Actuaciones de obtención de información:
- Mejora en la coordinación de procedimientos y sistemas de acceso a la información, con especial trascendencia en la fiscalidad internacional. Explotación de los acuerdos internacionales de intercambio de información con trascendencia tributaria para la detección de los bienes y derechos de los contribuyentes en el extranjero.
- Integración de los nuevos impuestos en Zergabidea. La gestión de los impuestos que entren en vigor en 2021, como los impuestos sobre los servicios digitales, transacciones financieras o el resto de impuestos medioambientales que están en proyecto, se incorporarán a la plataforma.
- Refuerzo y actualización de fórmulas para la obtención de la información, a través de los modelos informativos establecidos con carácter general o por medio de captaciones masivas de información mediante requerimientos o actuaciones de verificación.
En concreto, se reforzarán las actuaciones dirigidas a obtener información sobre: (i) la correcta aplicación de los puntos de conexión que, en relación con los diferentes impuestos, se establecen en el Concierto Económico, (ii) la detección de gastos no deducibles, (iii) la comprobación de la exención de participaciones en el impuesto sobre el patrimonio, (iv) los ajustes realizados a la base imponible en el Impuesto sobre Sociedades; o (v) la verificación de las operaciones de reorganización, entre otros.
- Control integral de los rendimientos declarados por los obligados tributarios que realizan actividades económicas a través de actuaciones presenciales de funcionarios y agentes tributarios de la Inspección.
- Análisis e investigación de los nuevos modelos de actividad económica, con especial atención a las actividades logísticas de provisión de bienes ligadas al comercio electrónico y a la operativa de las monedas virtuales.
II. Actuaciones preventivas:
- Desarrollo y actualización de los sistemas para la obtención de la información sobre la facturación de los contribuyentes: SII, TicketBAI y SILICIE.
- Implantación de nuevas soluciones de inteligencia artificial en las plataformas para detectar situaciones de riesgo de fraude a través de los sistemas de información como el SII y facilitar la utilización de distintos modelos de datos.
- Especial atención a la promoción de la educación cívico-tributaria, con el objetivo de eliminar los condicionantes sociales que justifican el fraude fiscal y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
III. Actuaciones de regularización y cobro:
En este apartado se relacionan las actuaciones encaminadas a la comprobación, investigación y, en su caso, regularización de la situación tributaria de los obligados tributarios.
Las principales actuaciones de comprobación y regularización se centrarán en (i) el control de los grupos empresariales internacionalizados, (ii) el fomento de inspecciones a grandes empresas y grupos fiscales, (iii) el control integral de la tributación de las actividades económicas, (iv) la correcta comprobación de la tributación de las sociedades patrimoniales; (v) la comprobación y regularización de los obligados tributarios que hayan sido objeto de comprobación en años anteriores y que presenten de nuevo indicios de fraude fiscal y (vi) el control de impuestos especiales.
Por otro lado, dentro del ámbito de la recaudación, destacaríamos el control de deudores y empresas declaradas en concurso de acreedores, las actuaciones de embargo y el seguimiento y control de operaciones en el ámbito de los aplazamientos y fraccionamientos de pago.