Actualmente, los proveedores de las Administraciones Públicas pueden usar la factura electrónica como medio para documentar sus operaciones.
Con algunas excepciones, a partir del 15 de enero de 2015 será obligatorio [link] utilizar esta modalidad para facturar a las administraciones públicas por parte de sociedades y otras entidades jurídicas, tales como uniones temporales de empresas, agrupaciones de interés económico, ciertos fondos financieros, etc.
En consecuencia, el proveedor tendrá que dar un determinado formato a la factura electrónica y presentarla en una ventanilla electrónica, que la remitirá a las oficinas encargadas de contabilizarla.
Habrá que ir preparando el aparataje informático para que todo funcione bien.