Con la publicación de la Orden Foral 143/2023 el pasado 17 de marzo, la Hacienda Foral de Álava ha iniciado la campaña de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”) y del Impuesto sobre el Patrimonio (“IP”) correspondiente al periodo impositivo 2022.
A continuación, indicamos los principales aspectos en relación con las modalidades de presentación de las declaraciones de IRPF:
- “rentafácil”
- La Diputación Foral de Álava pondrá a disposición de determinados contribuyentes cuyas declaraciones supongan una menor dificultad propuestas de autoliquidación de su IRPF.
- Los contribuyentes únicamente podrán modificar estas propuestas para incluir rendimientos procedentes de arrendamientos de viviendas o determinadas deducciones. En caso de sea necesario modificar cuestiones adicionales, se deberá presentar la liquidación mediante alguna de las otras modalidades que se detallan a continuación.
- Los plazos de presentación de esta modalidad son los siguientes:
- La aceptación o modificación por sede electrónica de estas declaraciones se podrá llevar a cabo del 3 abril al 18 de junio.
- La confirmación telefónica o a través de la página web será del 19 de abril al 18 de junio.
- La modificación en las oficinas de hacienda se podrá realizar del 19 de abril al 26 de junio.
- “rentared”
- Los contribuyentes podrán confeccionar sus declaraciones a través del programa de ayuda puesto a disposición por la Diputación Foral de Álava.
- Los plazos de presentación son del 3 de abril al 26 de junio de 2023.
- “rent@raba”:
- Los contribuyentes podrán cumplimentar sus declaraciones de IRPF bien en las oficinas de la Hacienda Foral de Álava del 19 de abril al 26 de junio o bien en las gestorías o asesorías acreditadas del 3 de abril al 26 de junio.
- No podrán recurrir a esta modalidad aquellos contribuyentes que realicen actividades económicas, hayan optado por el régimen especial de trabajadores desplazados o hayan transmitido determinados bienes durante el ejercicio (vivienda habitual, acciones/participaciones no cotizadas o más de 3 transmisiones de valores).
Por otro lado, las declaraciones del IP deben realizarse a través del programa de ayuda de la Diputación Foral de Álava, presentándose temáticamente entre el 3 de abril y el 26 de junio de 2023.
Al igual que en ejercicios anteriores, la cuota a pagar derivada de la liquidación de IRPF podrá fraccionarse de manera que se ingrese el 60% del importe en los plazos anteriormente indicados, y el 40% restante el 10 de noviembre de 2023. Por el contrario, la cuota del IP no se puede fraccionar.
En caso de que se quieran domiciliar las cuotas del IRPF y del IP, la presentación de las declaraciones deberá realizarse antes del 19 de junio de 2023.