La mayoría de los contribuyentes vizcaínos del Impuesto sobre Sociedades presentarán en las próximas semanas sus declaraciones. En este post repasaremos las cuestiones más relevantes a tener en cuenta en dichas declaraciones.

En primer lugar, un recordatorio de que el plazo general para presentar el impuesto (para aquellos contribuyentes cuyo periodo impositivo concluyó el 31 de diciembre de 2020) finalizará el 26 de julio. Bizkaia no se ha sumado, así, a la ampliación de plazo aprobada por Álava.

En este sprint final, los responsables fiscales de las empresas y nosotros, sus asesores, debemos afinar los últimos cálculos relativos al impuesto. Por lo singular del ejercicio 2020, en cuanto a circunstancias económicas y tributarias, es recomendable recordar las novedades más relevantes:

  1. Amortización acelerada y extraordinaria respecto a los activos nuevos adquiridos desde el 6 de mayo de 2020.
  2. Deducciones extraordinarias por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas.
  3. Ampliación de plazos de compromisos tributarios relacionados con: exención por reinversión, reposición de activos, reserva para el fomento de la actividad productiva, deducción por creación de empleo y amortizaciones aceleradas.
  4. Incremento de la deducción por creación de empleo (de 5.000 euros a 7.500 euros).
  5. Flexibilización de determinados incentivos: para la participación como financiador en proyectos de I+D+i y para la amortización acelerada relativa a contratos de leasing.
  6. Reglas de limitación de asimetrías híbridas y modificaciones respecto a la deducibilidad de los gastos financieros para la adquisición de participaciones.
  7. Deducciones por inversiones y gastos relativos a Batuz/TicketBai.

Por otro lado, los contribuyentes pueden haber sufrido variaciones muy relevantes en sus resultados, generalmente a la baja, en comparación con los de 2019. En dichos casos, resulta interesante considerar otras medidas que ya contemplaba antes nuestra normativa y que pueden ayudar a aliviar la factura fiscal de 2020, como son:

  • Reservas especiales: nivelación de beneficios, capitalización y de reforzamiento de la actividad productiva.
  • Tributación de ventas a plazos.
  • Sistemas de amortización acelerada y libertad de amortización.
  • Acreditación y aplicación de deducciones.