Se fija en el 15% la retención aplicable a los profesionales que facturaron en el año anterior menos de 15.000 euros.
Los rendimientos de actividades profesionales han estado sometidos a un tipo general de retención del 21%.
En la primera semana de julio, en Territorio Común se redujeron al 15% las retenciones a los autónomos.
Siguiendo el mandato del Concierto Económico, Vizcaya recoge ahora el testigo estableciendo que, con efectos 6 de julio, también se aplica un porcentaje de retención del 15% a los profesionales que acrediten, mediante una comunicación firmada, que:
– Facturaron en el ejercicio anterior menos de 15.000 euros
– Y que tales ingresos profesionales representaron más del 75% de la suma de sus rendimientos por actividades económicas y del trabajo.