Se fija en el 15% la retención aplicable a los profesionales que facturaron en el año anterior menos de 15.000 euros.

Los rendimientos de actividades profesionales han estado sometidos a un tipo general de retención del 21%.

En la primera semana de julio, en Territorio Común se redujeron al 15%  las retenciones a los autónomos.

Siguiendo el mandato del Concierto Económico, Vizcaya recoge ahora el testigo estableciendo que, con efectos 6 de julio, también se aplica un porcentaje de retención del 15% a los profesionales  que acrediten, mediante  una comunicación firmada, que:

–        Facturaron en el ejercicio anterior menos de 15.000 euros

–        Y que tales ingresos profesionales representaron más del 75% de la suma de sus rendimientos por actividades económicas y del trabajo.