La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho públicas hoy sus conclusiones en el asunto de los incentivos fiscales del País Vasco.

 

La cuestión debatida es si las Diputaciones Forales cumplieron debidamente o no su obligación de obtener la devolución de los incentivos fiscales otorgados en la segunda mitad de los años 90: crédito fiscal del 45%, vacaciones fiscales y minivacaciones fiscales. Para ello se hace preciso determinar en primer lugar la cuantía en que dichos incentivos excedían de las ayudas máximas permisibles (“compatibles” es el término técnico) de conformidad con la normativa comunitaria de ayudas de Estado. Para ello, la Abogada General, señora Eleanor Sharpston, analiza las diferentes cuestiones en que discrepaban la Comisión Europea y las Diputaciones Forales. Cabe destacar las relativas a la deducción por inversiones y al denominado efecto incentivador.

 

En cuanto a las deducciones, la Abogada General da la razón a las diputaciones, con lo que avala que el importe a devolver se viera minorado por la aplicación de deducciones alternativas previstas en la normativa fiscal con carácter general.

 

Por el contrario, en cuanto al efecto incentivador, pese a hacer un lúcido análisis de la cuestión, la Abogada General finalmente da la razón a la Comisión por apreciar cierta discrecionalidad en el reconocimiento de los créditos fiscales por parte de las Diputaciones Forales; apreciación que consideramos errónea y que lamentablemente llevaría a que se confirmara definitivamente la cuantía de las devoluciones exigidas a la mayoría de las empresas.

 

Finalmente, en algunas cuestiones menores, la Abogada General da la razón a las Diputaciones Forales, lo que permitirá a estas proceder a reembolsar a algunas pocas empresas parte de las cantidades que les fueron previamente exigidas.

 

En todo caso, hay que tener en cuenta que las conclusiones de la Abogada General son meras recomendaciones al Tribunal, por lo que habrá que esperar  a la sentencia final de este para conocer el desenlace final de este asunto.