Como anticipábamos , desde el 15 de enero de 2015 se ha generalizado la obligación de facturar electrónicamente a las administraciones públicas.
Para explicar todos los aspectos de este nuevo sistema de facturación, tanto el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas como la Agencia Tributaria han publicado información práctica en sus webs.
Por su parte, las Diputaciones Forales han habilitado sus propios puntos generales de entrada de facturas electrónicas. En concreto:
– La Diputación Foral de Bizkaia ha habilitado un portal para todas las empresas proveedoras de la Diputación, de los organismos autónomos forales y de las Juntas Generales de Bizkaia.
– La Diputación Foral de Gipuzkoa ha habilitado un portal para todas las empresas proveedoras de la propia Diputación, de los organismos autónomos forales dependientes de la propia Diputación, Uliazpi y Kabia, así como una gran parte de los ayuntamientos del territorio y otros organismos públicos.
– La Diputación Foral de Álava prevé poner en breve en funcionamiento un portal a través de su sede electrónica para el envío de las facturas electrónicas a la propia Diputación y a sus organismos autónomos dependientes. Hasta ese momento, los proveedores deberán remitir las facturas a la dirección de correo electrónico [email protected].
Hay que resaltar que las tres Diputaciones Forales eximen de esta obligación de facturación electrónica a los proveedores cuyas facturas no superen los 5.000 euros cada una.