Hasta la fecha, la normativa foral no se prodigaba en incentivos específicos para inversiones por parte de business angels, figura con cada vez mayor presencia en el ámbito del emprendimiento empresarial.
Pues bien, la reforma fiscal en tramitación prevé por primera vez, al margen de los de carácter general que también pudieran aplicarse, algunos incentivos “a medida” para este tipo de inversores.
En el IRPF, mediante una deducción del 20% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. La base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales (deducción máxima anual = 50.000 x 20% = 10.000 euros), no podrá superar el 10% de la base liquidable del contribuyente y la inversión deberá mantenerse durante 3 años.
En el impuesto sobre sociedades, mediante una reducción en base imponible del 60% de la parte del resultado que se destine a constituir una reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva (ver nuestro post de 10 de octubre 2013). El importe de esta reserva, se podrá materializar mediante la participación en el capital en la etapa inicial de desarrollo de un nuevo proyecto empresarial. En este caso, la inversión no podrá ser superior a 100.000 euros por cada proyecto empresarial, y deberá mantenerse durante 5 años.
A modo de ejemplo, la dotación a esta reserva por inversión en un nuevo proyecto empresarial por importe de 100.000 euros permitiría realizar un ajuste en base Imponible de 60.000 euros, y con ello se produciría un ahorro fiscal para el business angel de 14.400 o 16.800 euros (según su tipo de gravamen sea del 24 o del 28%).