Durante estos días se celebra en Bilbao la cumbre internacional “Biscay ESG Global Summit” en la que se abordarán los principales retos sobre los principios de inversión responsable.
La Organización de las Naciones Unidas lanzó en 2005 junto con un grupo internacional de inversores institucionales los denominados “Principios de Inversión Responsable”, a los que se han adherido ya hasta 1.700 firmantes y que han sido el principal catalizador a nivel mundial en la adopción de criterios de inversión socialmente responsable. El primero y fundamental de estos principios es el de incorporar criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo en los procesos de análisis y adopción de decisiones en materia de inversiones.
La Diputación Foral de Bizkaia ha impulsado esta cumbre con el objeto de convertir a este territorio en referente europeo e internacional de las inversiones responsables, promoviendo la generación de un entorno favorable entre instituciones, empresas, entidades financieras y universidad.
Desde la perspectiva fiscal, Bizkaia cuenta, gracias al Concierto Económico, con herramientas para generar un marco tributario que favorezca los principios de inversión responsable. Existen múltiples alternativas capaces de coadyuvar desde el punto de vista fiscal la generación de un polo de inversiones sostenibles.
Recientemente desde Garrigues hemos tenido la oportunidad de analizar varias posibles medidas fiscales que podrían suponer un incentivo a la toma de participación en empresas socialmente responsables, teniendo especialmente en cuenta su problemática específica.
Actualmente la inversión de las personas físicas en sociedades se ve penalizada por la doble imposición que se produce de los beneficios empresariales, primero, por Impuesto sobre Sociedades, y, luego, como dividendos, por Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Como medida para incentivar la toma de participación de personas físicas en empresas socialmente responsables podría introducirse la exención total o parcial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los dividendos y plusvalías de participaciones en estas entidades.
A menudo estas empresas socialmente responsables tienen una menor capacidad económica, tanto porque en sus actuaciones toman en consideración aspectos no exclusivamente económicos como porque a menudo son las nuevas empresas (start ups) las más concienciadas con las cuestiones sociales, medioambientales, de conciliación, etc. Por ello algunos de los incentivos reconocidos a las sociedades por sus actividades socialmente responsables no llegan a aprovecharse, perdiendo así su efecto incentivador. Para evitar esa pérdida del incentivo y, además, socializar el mismo a los inversores que tomen participación en el capital de estas empresas, podría permitirse la imputación de las pérdidas y créditos fiscales de las empresas socialmente responsables a sus inversores.
La actividad empresarial que generan las empresas familiares de accionariado concentrado es fomentada por la política fiscal mediante beneficios fiscales en el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; podría reconocerse un tratamiento análogo en otros supuestos, como el del inversor a riesgo en una start up (business angel) socialmente responsable.
La participación de los trabajadores en la empresa refuerza a un tiempo la capitalización de las empresas y la motivación de los empleados, y, desde un punto de vista más general, permite dar un carácter más social a la empresa. Por ello, podrían incrementarse los incentivos fiscales a la participación de los trabajadores en la empresa cuando esta sea socialmente responsable, e incluso hacer extensivos dichos incentivos a otros pequeños inversores.