En recientes post publicados en nuestro blog para Bizkaia y Gipuzkoa hicimos un breve repaso de las principales cuestiones a tener en cuenta a la hora de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades por parte de los contribuyentes vizcaínos y gipuzkoanos. En esta ocasión, nos centraremos en el territorio de Álava.

Como novedad este año, Álava, a diferencia de Bizkaia y Gipuzkoa, ha ampliado el plazo general para presentar el impuesto. En concreto, para aquellos contribuyentes cuyo periodo impositivo concluyó el 31 de diciembre de 2020, el plazo finalizará el próximo 30 de julio, tal y como anunciamos mediante alerta.

Las novedades y cuestiones más relevantes que pueden afectar a la declaración de 2020 fueron las comentadas en nuestro post anterior referido a Bizkaia, que también se aplican en Álava (i.e. ampliación de plazos o deducciones extraordinarias, entre otras); pero hay algunas especialidades que afectarán de forma específica a los contribuyentes alaveses:

  1. Amortización acelerada y extraordinaria respecto a los activos nuevos adquiridos desde el 8 de junio de 2020.
  2. Modificación de la deducción por incentivos para el fomento de la cultura en el ámbito de la deducción por inversiones en producciones de largometrajes cinematográficos o de series audiovisuales.
  3. Nueva deducción por adquisición de materiales de limpieza, desinfección y otros elementos para garantizar la seguridad sanitaria, con un importe máximo deducible de 2.500 euros.