¿Está exento del IVA el arrendamiento de una vivienda a una sociedad? Depende de a quién se le pregunte.
La Dirección General de Tributos ha venido opinando uniformemente que el arrendamiento de viviendas a sociedades es con IVA (no exento). También la Hacienda Foral de Bizkaia sostuvo ese criterio, hasta que, en febrero de 2013, dio un giro de 180º para concluir, con el visto bueno del TEAF vizcaíno, que estos arrendamientos sí estaban exentos.
Para los Tribunales Superiores de Justicia, en la variedad está el gusto. Por citar algunos casos, los arrendamientos están exentos para los Tribunales Superiores de Justicia del País Vasco y de Cataluña, pero no lo están para los de Madrid y Castilla-La Mancha.
La noticia es que el 23 de enero de 2014 el TEAC ha resuelto, sin dudas, que le convence más la opinión de la Dirección General de Tributos y que estos arrendamientos son con IVA.
En otras palabras, el tema sigue siendo una lotería; esperemos que no se convierta en una ruleta rusa.