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Gipuzkoa: nuevos modelos para comunicar por vía telemática la modificación de la base imponible del IVA y la recepción de la factura rectificativa en casos de concurso y créditos incobrables

Cuando se modifica la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido en casos de declaración de concurso del destinatario o cuando los créditos resultan total o parcialmente incobrables, tanto el acreedor como el deudor deben comunicarlo, por vía electrónica, a la Administración tributaria.

Por un lado, el acreedor debe comunicar la modificación de la base imponible aplicada, y, por otro lado, el destinatario debe comunicar la recepción de las facturas rectificativas que le envíe el acreedor.

Si bien en Territorio Común ya contaban con formularios para dar cumplimiento a dichas obligaciones por vía electrónica, en Gipuzkoa estaba pendiente su implementación.

Finalmente ayer fueron aprobados en Gipuzkoa los modelos 952 y 95B. Dichos modelos constituyen los formularios que deberán utilizar el acreedor y el destinatario, para comunicar la modificación de la base imponible realizada y la recepción de las facturas rectificativas, respectivamente.

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2 Comments

  1. Estimado Iñigo,
    De nuevo, agradecemos el interés mostrado en nuestro blog.
    La nueva forma de comunicación vía electrónica está en vigor desde la modificación operada en el Reglamento del IVA con efectos 1 de enero de 2014. No obstante, en Gipuzkoa, hasta la aprobación de los modelos el pasado 9 de abril la misma no había sido implementada.
    La entrada en vigor, como indica la Orden Foral que los aprueba, es al día siguiente de su publicación en el BOG, esto es, el 10 de abril y son de uso obligatorio.

    Un cordial saludo.

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