Al igual que ha hecho Bizkaia en febrero de 2022 (acceda a nuestro blog), el 21 de marzo de 2022 Gipuzkoa ha publicado la Orden Foral por la que aprueba el Plan de Comprobación Tributaria para el año 2022.

Tras un periodo de dos años marcado por la pandemia, la Hacienda Foral de Gipuzkoa establece las líneas generales de su plan de comprobación en el contexto de una nueva fase de estabilización socioeconómica, en la que destaca el sustancial avance en la digitalización de la actividad económica.

A continuación, destacamos las líneas de actuación propuestas para 2022, clasificadas en tres grandes categorías:

  1. En relación con las actuaciones de obtención de información, destacan:
    • La explotación de los acuerdos de intercambio de información internacional con trascendencia tributaria para la detección de bienes y derechos de los contribuyentes en el extranjero y la ampliación de la obligación de suministro de información relativa a la titularidad de criptomonedas.
    • La integración en Zergabidea de los nuevos impuestos que entren en vigor en 2022. Se culminará la integración total de la información procedente del SII con las herramientas de gestión tributaria.
    • La actualización de los sistemas de intercambio de información. Se ampliará la obligación de suministro de información y se reforzará el contraste de la información entre Administraciones.
  2. En relación con las actuaciones preventivas, destacan:
    • SII, TicketBAI y SILICIE: Se reforzarán y actualizarán los sistemas para la obtención de la información sobre la facturación de los contribuyentes. En especial, se mejorará el acceso a la información y asistencia para la adaptación del sistema TicketBAI.
    • Se aplicarán las nuevas tecnologías para la mejora del análisis de riesgos fiscales:
      • Se generalizará el uso de la tecnología Big Data, lo que permitirá acceder a información de relaciones entre contribuyentes.
      • Se incorporarán fuentes de información externas de calidad, como bases de datos de titularidad real de las personas jurídicas.
    • Se fomentará el cumplimiento voluntario por los obligados tributarios de sus obligaciones fiscales, educando en los deberes cívico-tributarios y facilitando el acceso a la información tributaria.
  1. Por último, en cuanto a las actuaciones de regularización y cobro destacan las siguientes novedades:
    • Se prestará especial atención a las entidades que hayan visto incrementada su actividad económica por la situación de emergencia sanitaria provocada por la pandemia.
    • Se controlará la actuación de los obligados tributarios cuyas declaraciones presenten incoherencias respecto a la información fiscal a disposición de la Administración, en especial, en relación con el IRPF, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y el Impuesto sobre Sociedades.
    • Se dará impulso a un sistema electrónico de subastas para favorecer la presencia de un mayor número de licitadores.