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Obligaciones de final de año

foto-reloj-fin-ano-buenaUn año más, os recordamos las obligaciones tributarias que deben cumplirse llegadas estas fechas festivas. Los principales deberes de fin de año os los señalábamos en este mismo blog en años anteriores.

Adicionalmente, como novedad para 2016, se ha introducido la obligación de presentar la comunicación relativa al informe país por país (country by country report), mediante la que se informará a la Administración Tributaria de cuál será la sociedad del grupo encargada de presentar dicho informe, y en qué país lo hará. Esta obligación afecta a las empresas que pertenezcan a un grupo con más de 750 millones de euros de cifra de negocios a nivel mundial. A estos efectos, la Agencia Tributaria ha aprobado un modelo para realizar esta comunicación previa a la presentación del informe país por país (para lo cual se prevé la aprobación del modelo 231). En el caso de los territorios forales no se ha aprobado ningún modelo específico de comunicación a estos efectos, por lo que podrá comunicarse a las Haciendas Forales mediante escrito que contenga la información requerida.

Por último, aunque no constituya un deber de fin de año como tal, no podemos olvidarnos de las comunicaciones relativas al Impuesto sobre la Electricidad, que deben realizarse en los meses de enero y febrero de 2017. En estas comunicaciones las empresas deben indicar las variaciones en el porcentaje de consumo que puede acogerse a la exención del 85%.

 

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