Un Brexit duro castigaría financieramente, aún más, a las empresas forales que no disfrutan del sistema de diferimiento del IVA a la importación
A partir de 1 de enero de 2015 se introdujo el denominado sistema de diferimiento del IVA a la importación, sistema que eliminó en las empresas importadoras el coste financiero desde que ingresaba el IVA en aduana hasta que se lo podía deducir, una vez justificado su previo pago. No obstante, dicho sistema quedaba vetado a las empresas que tributasen a las Haciendas Forales, en la proporción de su tributación a estas.
El 9 de febrero de 2016 el Tribunal Supremo declaró que el sistema de diferimiento constituía una ventaja financiera de la que quedaban excluidas quienes “no tributan en la Administración del Estado”, lo que suponía una “discriminación carente de justificación”.
Pasados casi dos años, un real decreto y una orden ministerial daban cumplimiento a la sentencia. Lo de que se cumplía con la sentencia era muy relativo, ya que seguía existiendo una discriminación injustificada en perjuicio de las empresas forales.
Hoy, la discriminación sigue existiendo, ya que nada ha cambiado desde entonces.
Pues bien, si al final triunfa el Brexit duro, es decir, if the UK leaves the EU with no deal, las compras al Reino Unido dejarán de ser adquisiciones intracomunitarias (que no generan efecto financiero) y se convertirán en importaciones. Sí, importaciones de esas que acentúan la desventaja financiera de las empresas forales.
¡Ojo al dato! Según el Eustat, en 2017 el País Vasco compró a los británicos 1.326 millones de euros y, en la primera mitad de 2018, las adquisiciones van por los 420 millones.
Quizás este es un buen momento para hacer, por fin, las cosas bien.