En un post reciente informábamos sobre el desarrollo reglamentario en Bizkaia de las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal, conocidas como DAC-6. Entonces anticipábamos que, razonablemente, se aprobaría una extensión de los plazos de información contemplados en el reglamento, al menos para los mecanismos transfronterizos de los meses de julio a diciembre de 2020.
Precisamente hoy, 25 de febrero de 2021, se ha publicado el Decreto Foral Normativo 3/2021, de 23 de febrero, que habilita al Diputado de Hacienda y Finanzas para la aprobación, mediante Orden Foral, de nuevos plazos cuando los inicialmente aprobados vencieran durante el primer semestre de 2021.
Sin perjuicio de ello, solo podemos insistir en la recomendación de que se vaya anticipando el análisis de la información susceptible de declaración.